En el contexto del bicentenario (1810-2010) de la insurrección de Hidalgo y de otros líderes que preparó la independencia de México, vale la pena ofrecer algunas consideraciones sobre un presunto texto de excomunión que, por lo que parece, resulta ser un claro ejemplo de falsificación histórica.
En un disco titulado “Memoria Política de México” y publicado en 2007 por Doralicia Carmona Dávila, profesora de Historiografía e Historia Social y Cultural en la Universidad de Guanajuato (México), se recogen diversos documentos relativos a la historia de México. En la colección aparece un texto que, presuntamente, habría sido usado para excomulgar a Miguel Hidalgo en 1810.
El texto que nos interesa fue ofrecido en el siguiente hipervínculo: http://www.memoriapoliticademexico.org/Textos/1Independencia/1810DEM.html, al cual accedimos el 31 de marzo de 2009 (posteriormente dejó de ser accesible vía Internet). El texto iniciaba como sigue:
“Decreto lanzado por el obispo Manuel Abad y Queipo. Obispo de Michoacán de 1810 a 1815.
“Por autoridad del Dios Omnipotente, el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo y de los santos cánones, y de las virtudes celestiales, ángeles, arcángeles, tronos, dominaciones, papas (sic), querubines y serafines: de todos los santos inocentes, quienes a la vista del santo cordero se encuentran dignos de cantar la nueva canción, y de los santos mártires y santos confesores, y de las santas vírgenes, y de los santos, juntamente con todos los santos y electos de Dios: Sea condenado Miguel Hidalgo y Costilla, ex cura del pueblo de Dolores.
“Lo excomulgamos y anatemizamos, y de los umbrales de la iglesia del todo poderoso Dios, lo secuestramos para que pueda ser atormentado eternamente por indecibles sufrimientos, justamente con Dathán y Habirán y todos aquéllos que le dicen al señor Dios: ¡Vete de nosotros, porque no queremos ninguno de tus caminos! Y así como el fuego es extinguido por el agua, que se aparte de él la luz por siempre jamás (sic)”.
Siguen luego diversas maldiciones y condenas, sin que exista ninguna frase que deje espacio abierto al arrepentimiento (lo cual es una omisión extraña en un texto de excomunión). La última línea es la siguiente:
“Que lo maldigan y condenen. ¡Amén! Así sea. ¡Amén!”.
El texto en cuestión ha sido reproducido a lo largo del siglo XX en distintas obras y con variantes más o menos significativas. Por recoger algunas, evidenciadas con la ayuda de books.google, podemos recordar las siguientes:
Sociedad Chihuahuense de Estudios Históricos, “Boletín de la Sociedad Chihuahuense de Estudios Históricos”, La Sociedad, Chihuahua 1946, p. 225.
Luis Rodríguez, “¡Loor a nuestros héroes!: Año de Hidalgo 1953” (sin editorial), p. 9.
México Congreso. Cámara de Diputados, “Los derechos del pueblo mexicano: México a través de sus constituciones”, Publicado por M. Porrúa, México 19782, p. 74.
Francisco R. Almada, “Diccionario de historia, geografía y biografía sonorenses”, Gobierno del Estado de Sonora, Sonora 19832 (1ª edición de 1952), p. 198.
Manuel López Gallo, “Economía y política en la historia de México”, Ediciones “El Caballito”, México DF 198727, pp. 110-111.
José Herrera Peña, “Maestro y discípulo”, Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, Morelia 1995, p. 31.
Juan Miguel de Mora, Willebaldo López, “La ciudad del México Contemporáneo”, Escenología A.C., 1997, p. 143.
Octavio A. Hernández, “Mil y un planes, tres revoluciones y una última Constitución”, Cámara de Diputados, LIX Legislatura, 2006, p. 10.
Como se nota, se trata de un texto que goza de cierta difusión y que ha sido reproducido en varias ocasiones, sea en libros divulgativos, sea en otros que tienen cierto carácter oficioso. También puede encontrarse completo o en modo parcial en diversos periódicos y en páginas de Internet. Por ejemplo, en los siguientes lugares, según una breve investigación realizada en Internet el 13 de abril de 2010:
http://www.cambiodemichoacan.com.mx/vernota.php?id=61680 (con fecha 6 de mayo de 2007);
http://www.periodicodigital.com.mx/blogs/por_soleares/?p=66 (con fecha 17 septiembre 2009);
http://laip.sinaloa.gob.mx/Revistas/CGA/CausaComun/Septiembre2006/CULTURA_HIDALGO_COSTILLA.htm;
http://www.periodistasenlinea.org/modules.php?op=modload&name=News&file=article&sid=13990;
http://www.tvradioriviera.com/noticias/opinion_29/politica-nacional-alto-clero-izquierda_5239, (Ángel Torres, “Alto clero vs. la izquierda”, con fecha 14 de febrero de 2010);
http://www.notimediaradio.com/Movimiento%20Rebelde.htm (texto entregado a la Nunciatura de la Santa Sede en México, el 30 de enero de 2009).
El documento de la presunta excomunión de Hidalgo ha sido difundido ampliamente. Sin embargo, carece de avales históricos de peso. Más aún, no coincide en nada con otro texto de excomunión, recogido en colecciones de documentación histórica ampliamente reconocidas, fechado también el 24 de septiembre de 1810, y que inicia con estas palabras “Omne regnum in se divisum desolabitur” (Lc 11,17).
Este documento de excomunión, que consideramos auténtico, se encuentra, por ejemplo, en E. De la Torre Villar, M. González Navarro, S. Ross, “Historia documental de México II”, UNAM, México 1984, p. 38. El texto completo de la excomunión está en las pp. 36-39 del citado libro, y puede leerse también en Internet, en http://www.pim.unam.mx/catalogos/hyd/HYDII/HYDII044.pdf (visto el 14 de abril de 2010).
De la Torre, González y Ross indican que han tomado el texto de otra obra: J.M.L. Mora, “México y sus revoluciones”, vol. III, pp. 57-62, que puede ser leído con facilidad en una edición más reciente: J.M.L. Mora, “Obra histórica III. México y sus revoluciones”, 3, SEP, México DF, 1988, pp. 45-48, nota 2.
Entonces, ¿cuál es el origen del texto reproducido por Doralicia Cardona y por otras personas, y que contiene un número tal elevado de maldiciones contra Hidalgo? Ese presunto documento procede de una vieja fórmula de excomunión de la Edad Media, la cual aparece en una recopilación de textos y documentos de diferente tipo realizada por el obispo Ernulfo de Rochester (que vivió entre 1040 y 1124 aproximadamente) y que es conocida como “Textus roffensis”. Se puede acceder a este texto a través del siguiente link: http://tinyurl.com/7sbgwz (visto el 17 de abril 2010), en las páginas 98-100.
La fórmula de excomunión que recoge el “Textus roffensis” fue traducida al inglés en épocas sucesivas y presentada, ya durante los primeros lustros del anglicanismo, como un texto papal, cuando en realidad se trata de un texto publicado en una iglesia local, como se indica correctamente en otras ediciones y traducciones del mismo.
La hipótesis que presento es, por lo tanto, la siguiente. La idea según la cual el texto de excomunión medieval recogido en el “Textus roffensis” hubiera sido aplicado a Miguel Hidalgo y Costilla debe haber surgido en algún momento, aún no claramente determinado, de la primera mitad del siglo XX. Tal texto era completamente desconocido en el siglo XIX, por la sencilla razón de que nunca se usó para excomulgar a Hidalgo.
Hay que señalar, como ha sido indicado recientemente, que el seguramente falso texto de excomunión no aparece en numerosos estudios sobre Hidalgo basados en buenas ediciones de documentos de la historia de México, como ha sido recordado por J. Jesús García y García en varios artículos recientes y recogidos luego en forma unitaria en una página de Internet (cf. J. Jesús García y García, “Se propaga, malévolamente, una falsa excomunión de Hidalgo”, en http://tinyurl.com/y5cenv9 (con fecha 16-9-2009, visto el 14-04-2010).
Para concluir, es oportuno hacer ver, salvo prueba documental seria que por ahora no existe, la falsedad de un texto de excomunión contra Hidalgo que algunos consideran (equivocadamente) como verdadero y usan para denigrar a diversas autoridades eclesiásticas del México del siglo XIX. En realidad, la excomunión a Hidalgo según el “Textus roffensis” es simple y llanamente un falso histórico.
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